Hemos podido leer en la prensa que el Gobierno de Navarra confirma que la Térmica de Castejon cumple la legalidad… A continuación puedes leer el artículo de opinión completo, pero antes también puedes escuchar esta entrevista que nos ha realizado Eguzki Irratia (aquí o en archive.org):
Hemos podido leer en la prensa que el Gobierno de Navarra confirma que la Térmica de Castejon cumple la legalidad. Vaya por delante, que en un proceso que ya lleva 7 pleitos, a estas alturas a quien le corresponde decidir sobre la legalidad de la térmica es al poder judicial, ya que el ejecutivo le dio y le sigue dando total cobertura a la susodicha central y a la empresa que la gestiona.
En esa misma noticia se da a entender que una convalidación del año 2012, da legalidad a una actividad que ha sido declarada contraria a derecho en el año 2016. Alguien nos lo tendría que explicar. Explicar cómo es posible, que si una sentencia dice en el año 2016 que un acto administrativo no debió existir en el año 2005 por ser contrario a derecho, ese mismo acto (inexistente) se puede convalidar en 2012. Porque la sentencia del año 2016 no dice que aquel permiso del 2005 tenía errores subsanables y por lo tanto que era convalidable, no. Lo que dice es que prescindió de la normativa ambiental que le era de aplicación en 2005, por lo tanto si quieren poner en marcha una central deberán de tramitar un nuevo procedimiento de autorización, con su correspondiente estudio de impacto ambiental bien hecho.
Es lo que tiene creer a pies juntillas la versión oficial, esa que no ha cambiado ni con el gobierno del cambio, que luego hay que explicar cosas inexplicables.
De paso también nos podrían explicar porque repiten una y otra vez, que la ilegalidad de aquella central radica exclusivamente en un tema de distancias que hoy en día ya no están en vigor. Cuando saben perfectamente, que la ilegalidad era porque decidieron poner un segundo grupo donde ya había otro, y para ello, ni sopesaron otras alternativas, ni valoraron los impactos acumulativos, ni los impactos sobre los espacios naturales protegidos del entorno y también, solo también, no tuvieron en cuenta las distancias al núcleo urbano de Castejon. No cumplieron las distancias porque ya estaba decidido que en la central existente de Elerebro, había que poner un segundo grupo y se pasaron por el arco del triunfo toda la legalidad ambiental vigente en aquella época.
Por último, esto ya lo explicamos nosotros/as, hay que recordar que nos encontramos instando la ejecución de la sentencia y es en ese proceso donde esgrimiremos que esa convalidación se hizo única y exclusivamente para evitar un fallo desfavorable de una sentencia futura, y eso, lo de intentar sortear una sentencia con un acto administrativo, no lo permite la ley. La sentencia futura se ha dado, y efectivamente, una vez más es contraria al interés de la empresa, veamos lo que ahora decide el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ahora bien, una vez más y ya van 8, seremos los vecinos y vecinas de la Ribera las que defendamos el medioambiente, la salud de las personas y un modelo energético descentralizado y renovable, parece ser, que también por octava vez consecutiva, la administración va de mano de la empresa.
Firmado: Joseba Amenedo y Pablo Lorente. Miembros de la Plataforma de la Ribera + Centrales NO y de Sustrai Erakuntza.