El Tribunal Supremo (TS) ha vuelto a dar la razón a los vecinos y las vecinas de Castejón que piden la paralización del segundo grupo de la central Térmica de Elerebro en ese municipio…
El TS se ha tenido que pronunciar ante la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que consideraba que la sentencia que anulaba la autorización dada a la central para poder funcionar era meramente declarativa y no exigía ninguna otra acción para su cumplimiento. El TSJ de Madrid llegaba a esa conclusión porque a pesar que en 2013 el propio Tribunal anulaba la autorización, en el año 2012, el ministerio de energía había convalidado la autorización administrativa concedida en 2005. De esa manera, la administración pretendía subsanar una autorización que estaba a punto de ser anulada por un Tribunal.
El Tribunal Supremo en la reciente sentencia de 19 de marzo de 2019, establece que esa convalidación está directamente relacionada con el cumplimiento de la sentencia que anulaba la autorización. De esta manera, pasa de nuevo la pelota al TSJ de Madrid, y le obliga a tener que pronunciarse sobre si la sentencia que anulaba la autorización está ejecutada o no. Deberá decidir también si esa convalidación que se dio mientras el proceso judicial estaba abierto buscaba únicamente salvar una autorización que sabían iba a ser anulada.
14 años después de que se autorizara la instalación del segundo grupo de la central de Elerebro, y ahora de la mano de la Fundación Sustrai Erakuntza, los vecinos y las vecinas de Castejón siguen pleiteando, sin ninguna ayuda de las administraciones Navarras, para que se haga justicia. La sentencia de mayo de 2013 del TSJ de Madrid, confirmada posteriormente en octubre de 2016 por el propio Tribunal Supremo, declaraba que la autorización que se le dio al segundo grupo de la central no cumplía con la normativa ambiental que en esa época era de aplicación. La autorización ha sido declarada ilegal, y confirmada su ilegalización la administración estatal ha hecho lo posible por seguir manteniendo la ilegalidad y el Gobierno de Navarra ha mirado y sigue mirando para otro lado.
Esta es la segunda sentencia del Tribunal Supremo que da la razón a la fundación Sustrai en este tema. ¿Qué más necesita el gobierno de Navarra para decretar la paralización de la actividad de la central?
Es importante resaltar que las centrales térmicas de Castejón son el pilar fundamental de la línea eléctrica a 400 kV que une Castejón y Muruarte, y que en estos momentos están intentando prolongar hasta Itsaso, en Gipuzkoa. La función de esta línea, tal y como ya se ha informado recientemente, es la exportación de la producción energética de estas centrales y otras, a Francia.
Fundación SUSTRAI Erakuntza
www.fundacionsustrai.org y www.sustraierakuntza.org