2. Conflicto por la captación de agua en Valdega de la Mancomunidad de Montejurra (capítulo del informe del agua)

    13 Jun 2020 - Agua y embalses, Informes de Sustrai

    (Este artículo es el contenido completo del 2º capítulo del informe “Las políticas del agua en Navarra, conflictos reseñables y propuestas para la gestión del agua“…) En Valdega, valle de la Merindad de Estella por el que transcurre el río Ega, los habitantes llevan años observando cómo varios manantiales van secándose cada año por periodos más prolongados y cómo el río Ega acusa unos estiajes cada vez más pronunciados, al tiempo que las extracciones de agua del acuífero de Lóquiz para el abastecimiento de la Mancomunidad de Montejurra van en aumento.

    El PSIS del proyecto de abastecimiento de agua a Viana y a otras localidades, pero también, como ya hemos visto, el Plan Director del Ciclo Integral del Agua de Uso Urbano de Navarra, continúan previendo un aumento en las demandas a cubrir desde Lóquiz (Ancín, Mendaza e Itxako).

    Todo lo anterior ha generado un conflicto social de largo recorrido, en el que la asociación Salvemos el Ega y varios ayuntamientos actúan conjuntamente con el objetivo de defender el acuífero y el río, fuertemente interrelacionados, de unas detracciones excesivas y llevadas a cabo sin ni siquiera contar con las obligadas concesiones legales.

    PSIS anulado por sentencia del Tribunal Supremo por falta de concesión de aguas, y construcción de nuevos pozos de extracción en Mendaza

    El Gobierno de Navarra aprobó a finales de 2012 el Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal (PSIS) del proyecto de abastecimiento de agua a Viana y a otras localidades, con un presupuesto de 30,2 millones de euros. En el PSIS se prevé aumentar las extracciones de agua del acuífero de Lóquiz en Valdega. de los actuales 7 hm3 hasta un volumen anual previsto de 14 hm³. El proyecto se encuentra ejecutado en su mayor parte, dado que se paró cuando se estaban finalización los nuevos pozos de captación de agua en Mendaza.

    El Estudio de Incidencia Ambiental del PSIS se limitaba a estudiar los efectos de las obras. Omitía completamente, por lo tanto, la influencia de la explotación sobre el río Ega (que en aquel momento, ya gozaba de protección como Lugar de Importancia Comunitaria ES2200024 “Ríos Ega y Urederra”), así como el hecho de que no existiese concesión de aguas.

    El PSIS fue anulado en febrero de 2017, mediante una sentencia del Tribunal Supremo que finalizó un procedimiento legal en el que la Fundación Sustrai Erakuntza colaboró con los Ayuntamientos de Murieta y Ancín. La sentencia se fundamenta en que en la tramitación del PSIS se debería haber esperado a que la Confederación Hidrográfica del Ebro (CHE) hubiera informado favorablemente al aumento de la extracción de aguas de los ecosistemas, acuíferos y ríos de Valdega, antes de haber empezado a realizar las obras.

    La Mancomunidad de Montejurra solicitó una concesión de agua a la Confederación Hidrográfica del Ebro en noviembre de 2012, para legalizar las extracciones que ya estaba realizando sin permiso alguno (caso de los pozos de Mendaza y Ancín), o utilizando inscripciones antiguas a nombre de otros usuarios (caso de Itxako), así como para cubrir las extracciones incrementadas previstas en el PSIS.

    La CHE inició el expediente 2013-P-61 en septiembre de 2013, que se expuso al trámite de competencia de proyectos en febrero de 2014, y al trámite de información pública en marzo de 2016. En ambos trámites se presentaron múltiples alegaciones por parte de otros usuarios, organizaciones, ayuntamientos, y vecinos. A día de hoy, la solicitud de concesión no ha sido resuelta.

    En febrero de 2017, la Mancomunidad de Montejurra anunció la paralización de “las obras de perforación del pozo de investigación de Mendaza, a fin de respetar la sentencia del Tribunal Supremo, que anula el PSIS”. Esta declaración produce confusión, dado que da a entender que lo paralizado son unas obras para construir “pozos de investigación”, cuando no lo eran. Por ello merece las siguientes aclaraciones.

    En realidad, los sondeos o pozos de investigación previstos en el PSIS ya se habían realizado en el año 2014, aunque sin realizar la tramitación previa a la que obliga la legislación de Aguas a todos los sondeos previos a una explotación, haciéndolos pasar, de manera irregular, por un estudio general sobre el acuífero del Gobierno de Navarra, por lo cual, a pesar de que se presentó denuncia, no fueron objeto de expediente sancionador.

    Los trabajos a los que alude la noticia indicada se comenzaron en verano de 2016, y, tal como se puede comprobar en los pliegos de licitación de las obras, se trataba de la construcción de los dos pozos de explotación de Mendaza previstos en el PSIS, y no de un pozo de investigación.

    Denuncia y expediente sancionador a la Mancomunidad de Montejurra

    En noviembre de 2015, Salvemos el Ega presentó denuncia ante la Confederación Hidrográfica del Ebro por captación de aguas subterráneas sin concesión, dando lugar al expediente sancionador 2014-D-243.

    Dicho expediente fue resuelto en 2017 con una sanción de 52.000 € correspondiente a dos infracciones calificadas como “leves”:

    50.000,01€ por la derivación de agua, sin el preceptivo título administrativo del Organismo de cuenca, del conjunto denominados Ancín, Zúñiga y Mendaza…”

    y 2.000,00€ por la perforación de los pozos denominados Mendaza A y Mendaza B e instalación en los mismos de instrumentos para la extracción de aguas subterráneas, sin disponer de autorización o concesión del Organismo de cuenca…

    La primera conclusión es que la Mancomunidad de Montejurra durante su existencia ha realizado una gestión extremadamente irresponsable, haciendo depender el abastecimiento de más 80 localidades y numerosas industrias de unas extracciones completamente ilegales.

    Por un lado hay que señalar el riesgo que esto supone al propio servicio de abastecimiento, ya que queda por demostrar que dichas extracciones puedan ser legalizables en el futuro, de manera sostenible y compatible con otros usos previamente existentes, y con el buen estado ecológico del río Ega.

    Por otro lado, la sanción, de 52.000 €, de acuerdo con la ley de aguas y los datos disponibles, teniendo en cuenta las extracciones realizadas ilegalmente desde 1990 podría haber alcanzado un importe de varios millones de €.

    El expediente sancionador presenta varias anomalías, siendo la principal de ellas que, a pesar de contar con los datos necesarios para realizar una valoración de daños (que según ley sería, al menos, equivalente al valor del agua extraída sin permiso, lo cual es fácil y directo de calcular ya que en el expediente figuran los volúmenes de agua extraída a partir de 1990), renuncia a calcularla, lo cual es necesario para calificar la gravedad de las infracciones, y a imponer una indemnización por estos daños a la Mancomunidad de Montejurra argumentando que “no se dispone de datos suficientes“.

    El Defensor del Pueblo del Estado Español, en su Recomendación relativa a la queja de Salvemos el Ega por estas insuficiencias del procedimiento sancionador, comunica al Ministerio responsable que: “Esta institución comparte, en lo sustancial, los argumentos expuestos por la Asociación reclamante”, y emite la recomendación de “incluir en la resolución la obligación del infractor de reponer las cosas a su estado anterior, o cuando no sea posible, la cuantía de la indemnización de los daños”.

    Solicitud de Mancomunidad de Montejurra de subvención para completar los ilegales pozos de Mendaza

    A pesar de la paralización judicial de la construcción de los 2 pozos de Mendaza, que se encuentran uno ya completamente excavado y el 2º paralizado a la mitad, la Mancomunidad de Montejurra solicitó a primeros de 2017 una subvención para completarlos. Se trata de una subvención a cargo del Plan de Inversiones Locales (PIL) 2017-2019, dividida en varias fases, siendo la última, a realizarse en 2019, la correspondiente a los pozos.

    Frente a esta iniciativa, que pretende ejecutar por la vía de los hechos lo que los tribunales han prohibido completar, los movimientos sociales Salvemos el Ega y Urbizi, y la fundación Sustrai Erakuntza, subscribimos un comunicado de denuncia. Hay que tener en cuenta que, de realizarse, las obras subvencionadas se llevarían a cabo:

    • Careciendo de proyecto de las obras, ya que el PSIS fue anulado por el Tribunal Supremo.
    • Careciendo de concesión legal de agua por parte de la CHE.
    • Sin esperar a  los resultados y conclusiones del Estudio Hidrológico que había encargado el Gobierno de Navarro, para analizar el caudal mínimo ecológico del río Ega, las concesiones legales existentes previamente y las pretensiones de extracción de Montejurra.

    Posteriormente a esa fecha, tanto Salvemos el Ega, como Sustrai Erakuntza, han llevado a cabo un sinnúmero de iniciativas frente al Gobierno de Navarra para que sean informadas de las subvenciones que se fueron concediendo y las obras de ellas derivadas. Se ha tratado de un proceso largo y tedioso, por el cual el gobierno no ha informado adecuadamente a estos dos movimientos sociales, reteniendo información y entregando documentos diferentes ante las mismas peticiones.

    De este modo, ha sido muy difícil realizar un seguimiento de las obras efectuadas, que han consistido sobre todo en la instalación de tuberías para llevar agua de Valdega hacía el sur de la comarca de Tierra Estella. De este modo, queda por conocer con claridad si entre las obras realizadas se ha completado la perforación de los pozos de Mendaza.

    Estudio de tendencias temporales en el Río Ega

    A solicitud de Salvemos el Ega, el Grupo de Hidrogeología y Medio Ambiente (HGI) de la Universidad del País Vasco – Euskal Herriko Unibertsitatea UPV/EHU, publicó el “Estudio de tendencias en las series cronológicas de la cuenca del río EGA”, en el año 2015, con el objetivo de analizar las tendencias temporales en las series disponibles de precipitación, piezometría, caudales y extracciones en la cuenca del Ega. La premisa inicial del estudio era que el conocimiento de esos parametros es fundamental, y previo, a cualquier actuación que pueda llegar a afectar, a corto o medio plazo, el régimen de caudales del río Ega.

    Tras estudiar todas las series de datos disponibles en la zona objeto de estudio y zonas colindantes para el periodo anterior a 2012, y analizarlas con diferentes herramientas matemáticas, el Estudio concluye que:

    “… a modo de síntesis y conclusión, se observan tendencias preocupantes a la disminución de caudales en el río Ega aguas debajo de Ancín, debidas a una aún mayor tendencia a la disminución de las aportaciones naturales del acuífero al río en ese tramo. Esta última necesariamente hay que ponerla en relación con las extracciones continuadas llevadas a cabo en los últimos años en el sector Ancín-Mendaza. Estas tendencias se centran sobre todo en las épocas de verano-otoño, es decir, en la época de menores caudales, y tienen consecuencias en los factores que caracterizan el buen estado ecológico de las masas de agua, objetivo, no se olvide, de la Directiva Marco del Agua”.

    Así, los datos indican que en los años 1991-1992 el 45% de las jornadas el río registraba un caudal inferior a 500 litros por segundo, mientras que en los años 2011-2012 fueron el 80% de los días. En cuanto al acuífero, en 1991 el 15% de los días estaba por debajo de ese caudal mientras que en 2011 llegó al 60%. De este modo, se puede concluir que el río Ega está perdiendo su caudal desde Ancín hacia Murieta de manera considerable en los últimos años, no solo debido a los cambios climatológicos, sino sobre todo por las excesivas extracciones de su agua.

    Caudal ecológico, Plan de Ordenación Territorial y Plan de Gestión del ZEC

    Según el Reglamento del Dominio Público Hidráulico:

    (…) El caudal ecológico deberá ser suficiente para evitar que por razones cuantitativas se ponga en riesgo la supervivencia de la fauna piscícola y la vegetación de ribera.

    Los caudales ecológicos no tendrán el carácter de uso, debiendo considerarse como una restricción que se impone con carácter general a los sistemas de explotación. En consecuencia, las disponibilidades hídricas obtenidas en estas condiciones, son las que pueden ser objeto de asignación y reserva en los planes hidrológicos de cuenca.

    El río Ega en Valdega forma parte de la Zona de Especial Conservación (ZEC) fluvial “Ríos Ega y Urederra”, que fue designado como ZEC por el DECRETO FORAL 16/2017, de 8 de marzo.

    En el Plan de Gestión del ZEC se reconoce la necesidad de definir y proteger un caudal ecológico “que garantice la conservación de los hábitats y especies”, condicionando que “la concesión de nuevas extracciones de agua que afecten al régimen y caudal de las aguas superficiales del Lugar, se someterá a una adecuada evaluación de sus repercusiones en el Lugar, teniendo en cuenta los objetivos de conservación de dicho espacio de la red Natura 2000.” Establece también que “El Gobierno de Navarra informará negativamente desde el punto de vista ambiental cualquier nuevo aprovechamiento que no presente un adecuado estudio de la posible afección al régimen y caudal de las aguas superficiales en el Lugar, y una vez realizado el mismo, no financiará nuevos aprovechamientos de los recursos hídricos del Lugar sin el informe favorable de que estos aprovechamientos no causarán perjuicio significativo a la integridad del Lugar”.

    En coherencia con lo anterior, entre las actuaciones previstas en el Plan del ZEC se encuentra la “realización de un estudio del conjunto de aprovechamientos hídricos y determinación de la posible afección al régimen y caudal de las aguas superficiales y propuesta de medidas correctoras y un estudio del régimen de caudales ambientales que asegure la conservación de los hábitats y la fauna presente en el Lugar”. También está prevista la petición “a la CHE que en la definición de caudales ecológicos o ambientales se consideren, además de los requerimientos de la ictiofauna, los requerimientos de los hábitats fluviales para garantizar la conservación de los mismos”.

    A pesar de todo lo anterior, el Gobierno de Navarra no ha iniciado todavía el estudio para definir cuál es el caudal ecológico necesario para la conservación de las especies piscícolas objeto de conservación en el ZEC. Por otro lado, el Plan Hidrológico del Ebro actualmente vigente no tiene en cuenta dichos objetivos medioambientales, es más, ni siquiera se han definido caudales para este tramo del río, ya que el único punto (Andosilla) en que se definen caudales para el río Ega se encuentra a más de 50 km aguas abajo y los caudales asignados resultan ser (como es norma general en este plan hidrológico) unos valores extremadamente escasos como caudal ecológico mínimo y que parecen a todas luces insuficientes.

    Finalmente, es necesario hacer notar que una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, que crea jurisprudencia, ha anulado varios Planes de Gestión de ZEC en esa región, por faltar “… la definición de los caudales mínimos y máximos, regímenes estacionales y caudal generador necesario para que las especies acuáticas y hábitats ligados al agua alcance su objetivo de conservación…”, entre otras razones.

    Vistas todas estas razones, Salvemos el Ega pidió al Gobierno de Navarra la realización de un estudio para determinar el caudal mínimo ecológico y comunicarlo a la CHE que es la competente en materia de planificación hidrológica y así cumplir lo que se indica en el Plan de Gestión del ZEC “Rios Ega-Urederra” y en el POT4.

    Ante la negativa y la falta de cumplimiento del Gobierno de Navarra, la asociación se ha visto precisada a encargar a su costa la realización del estudio de caudal ecológico.

    Una vez realizado el informe, sus conclusiones indican que debe establecerse entre 1,4 y 0,7 metros cúbicos por segundo (m3/s) el caudal ecológico mínimo que deberían tener el río, en años lluviosos y secos respectivamente. Registrar niveles por debajo de estas cifras supondría someter al río a un nivel de estrés excesivo con consecuencias irrecuperables. Se producirían fenómenos no deseables, como que se quedasen secos los frezaderos, el lugar donde los peces acuden a poner sus huevos.

    Para ver estas cifras en su contexto, en verano de 2017 el caudal de agua en Murieta fue inferior al mínimo establecido de 0,7 m3/s. En septiembre de 2017 por el río bajaron de media 0,5 m3/s, lo cual tuvo repercusiones negativas en los hábitats.

    Ensayos de bombeo 2017 y estudio hidrogeológico de Gobierno de Navarra

    Con fecha 12 de Abril de 2017 el Gobierno de Navarra licita un proyecto de estudio hidrogeológico para esta zona, con el objeto de realizar durante el verano-otoño de 2017 unos ensayos de bombeos en Mendaza y Ancín, obtener datos sobre la respuesta del acuífero, y generar con ellos un modelo informático para simular después varios escenarios de explotación. También se acuerda crear una Comisión de Seguimiento, formada por representantes del Gobierno de Navarra, la CHE, Mancomunidad de Montejurra, Ayuntamientos y Salvemos el Ega-Ega Bizirik.

    En febrero de 2018 se presentaron ante la Comisión de Seguimiento los resultados del estudio así como una primera versión del informe, a lo cual los integrantes de la Comisión respondieron con diferentes observaciones. En julio de 2018, el Gobierno de Navarra entrega el informe definitivo sobre el estudio hidrogeológico realizado.

    El estudio muestra de manera evidente que las extracciones tienen una influencia negativa en los caudales del río Ega.

    La explotación del acuífero tiene su reflejo en una reducción de las descargas del mismo en Ancín (manantiales y descargas directas a cauce), pero también incrementa, en menor medida, la infiltración del río Ega hacia el acuífero, por lo que la reducción del caudal del Ega como consecuencia de la explotación se produce tanto por una menor descarga del acuífero hacia el río como por el incremento de la infiltración del río hacia el acuífero aguas arriba de Ancín.

    Se muestra como especialmente crítica la explotación del pozo P 3 en Ancín, que “presenta unas oscilaciones cercanas a los 10 m provocadas por el bombeo que se efectúa en el mismo”. Siendo esta zona de gran importancia para los caudales del río Ega, ya que en ella se produce la recarga: “desde la localidad de Ancín hasta aguas arriba de Legaria, el río aumenta su caudal por la descarga del acuífero, tanto por manantiales como por salidas directas de agua a su cauce.

    En cuanto a la modelización empleada para simular diferentes escenarios de explotación, cabe observar que el modelo simplifica excesivamente los parámetros del acuífero (por ejemplo, a pesar de las grandes diferencias de comportamiento encontradas para los pozos de Mendaza y Ancín, “Los descensos de mayor magnitud en el pozo Ancín P3 y en el cercano pozo L-31 parecen indicar una zona con transmisividad inferior de escasa extensión superficial”, se ha utilizado una única estimación de transmisividad para todo el acuífero), ofreciendo por lo tanto resultados meramente aproximativos.

    Salvemos el Ega argumenta que, según este estudio, en verano-otoño no se podría explotar el acuífero-rio en ninguno de los escenarios de explotación contemplados, si se respetase el caudal ecológico determinado por el estudio citado en el apartado anterior, que en Murieta es de 1,14 m3/s para años normales o abundantes y de 0,7 m3/s para años hidrológicamente secos, como se ha indicado, a lo que habría que añadir los usos legales existentes, sobre todo los ya citados regadíos. Y mucho menos si se tiene en cuenta la disminución prevista por el cambio climático, no contemplado en los escenarios del estudio.

    Lokiz en el Plan Director del Ciclo Integral del Agua de Uso Urbano de Navarra

    La cuestión del empleo del acuífero de Lókiz como única fuente de suministro para casi todo el cuadrante de Navarra abastecido por la Mancomunidad de Montejurra y su repercusión sobre los caudales del río Ega ha originado una participación muy activa y la presentación de múltiples alegaciones, que podemos resumir muy esquemáticamente en los siguientes puntos:

    • Sobredimensionamiento de las demandas.
    • Falta de análisis del impacto de las extracciones del acuífero de Lóquiz sobre el río Ega.
    • Necesidad de abandonar la explotación del pozo de Ancín por su influencia en la recarga del río Ega.
    • Falta de medidas para evitar la contaminación de los pozos aluviales en la Ribera que han sido fuente de agua de abastecimiento hasta ahora.
    • Falta de medidas para aprovechar el agua del Canal de Navarra en la Mancomunidad de Montejurra.

    Estas alegaciones han llevado a ciertos cambios en el plan de abastecimiento finalmente aprobado. Tal y como indica el propio Gobierno de Navarra en la nota de prensa en la que anuncia la aprobación del plan:

    En la versión definitiva, aprobada hoy, se han introducido algunos cambios debidos principalmente a la aceptación de alegaciones. En concreto, en lo relativo al río Ega, se corrigen las estimaciones de consumo futuro incluyendo dotaciones industriales y se adelanta temporalmente la conexión a Itoiz / Itoitz-Canal de Navarra, que se ejecutará entre 2024-2027, reduciendo la extracción del acuífero de Lokiz (Mendaza) a 3,81 hm3/año y abandonando el uso del pozo de Ancín. Respecto a los pozos aluviales del Ebro que abastecen actualmente a Tierra Estella, se establece la obligatoriedad de realizar los planes de explotación que contemplen su utilización para abastecer usos que necesiten de aguas de menor calidad, evitando así mayor presión sobre Lokiz y garantizando su función como reservas en caso de sequía.