Presentada demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos por el proyecto de urbanización y estación del TAV en Etxabakoitz

    eu 30 Jul 2015 - Notas de prensa, Tren de Altas Prestaciones (TAV)

    Recreación del hipotético proyecto de la zona residencial de la estación del TAV en IruñeaLa Fundación Sustrai Erakuntza ha denunciado la operación urbanística especulativa que se quiere realizar junto con la estación para el Tren de Altas Prestaciones (TAP o TAV) en el barrio de Etxabakoitz de Pamplona, al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo. Y lo hace con el convencimiento de que toda la tramitación de esta macro-infraestructura ha estado plagada de irregularidades desde su inicio en 2010. De llevarse a acabo el Plan conllevaría la realización de la nueva estación para el TAP-TAV, la desmantelación de la actual estación de tren, una nueva área comercial, dos áreas residenciales con 9.000 viviendas nuevas, un área biomédica y una feria de muestras.

    El Gobierno de Navarra aprobó en enero de 2010 el “Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal para el Desarrollo del Área de la Nueva Estación del Tren de Alta Velocidad y del Área de la Antigua Estación de Tren de Pamplona“. Desde el inicio, el proyecto se planificó como una gran operación especulativa para la construcción de miles de viviendas, todo ello alrededor de otro proyecto de las mismas características, el del Tren de Altas Prestaciones. Un proyecto impulsado por determinadas empresas de la construcción, que han presionado a los diferentes Gobiernos para defender sus inversiones y la posibilidad de seguir enriqueciéndose con la construcción de viviendas e infraestructuras, a costa de mermar el interés general de la sociedad.

    Ante este despropósito, Sustrai Erakuntza presentó en noviembre de 2010 un recurso Contencioso Administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN). La principal argumentación del mismo estaba basada en que no se habían estudiado las posibles alternativas al mismo, incluyendo entre ellas la necesaria “alternativa cero” que corresponde a la no realización del proyecto. Este hecho es contrario a toda la legislación referente a la evaluación del impacto ambiental, que proviene de la legislación Europea emanada de la Directiva 2001/42/CE, relativa a la evaluación de los efectos de determinados Planes y Programas.

    Las normas que emanan de dicha Directiva introducen la “Evaluación de Impacto Ambiental”, un instrumento imprescindible para la integración de consideraciones medioambientales en la adopción de Planes y Programas que tengan repercusiones significativas sobre el medio ambiente. La norma obliga a preparar un informe medioambiental con las repercusiones medioambientales del Plan y el análisis de sus alternativas. Además, la ley española 9/2006 sobre evaluación de los efectos de planes y programas en el medio ambiente, añade que en el análisis debe incluirse la citada “alternativa cero”, algo que no se ha realizado en esta tramitación.

    Pero no era esta la única razón, la demanda hacía un análisis profundo de todas las irregularidades que se encontraron en la tramitación del Plan, entre las que se pueden citar: afecciones por tráfico y niveles de ruido superiores a lo permitido por la normativa, contaminación del suelo y las aguas subterráneas en la zona donde se pretenden construir viviendas, así como otros impactos ambientales a los ríos Elortz, Sadar y Arga.

    Después de cinco años en que el caso a realizado un periplo judicial por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra y el Tribunal Supremo, ahora presentamos un recurso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo.

    Entre las razones que nos han impulsado a llevar este caso a Europa queremos destacar, otra vez, la falta del análisis de las alternativas posibles al proyecto. Ello es debido a que el Tribunal Supremo español alega para desestimar nuestra demanda que la misma es contra un Plan y no un Proyecto, de manera que, aunque reconoce que “no ha existido un estudio de alternativas, no lo estima necesario para el caso de los planes.

    Queda probado, por tanto, la falta de estudio de alternativas. Y creemos completamente contrario al derecho europeo la arbitrariedad de considerar que no sea necesario analizarlas en el caso de los planes; cuando ambos, planes y proyectos, son instrumentos necesarios para la ordenación territorial y la defensa del medio ambiente.

    A esto habría que añadir el plazo de tiempo tan dilatado que ha transcurrido desde el inicio de las tramitación de estos proyectos. No hay que olvidar que la proyectada urbanización de Etxabakoitz se quiere construir como medio para facilitar y posibilitar la construcción de una nueva estación para el Tren de Altas Prestaciones, así como el nuevo trazado de las vías. No se puede afirmar que las condiciones medioambientales y sociales en las que se definió el proyecto del TAV cuando se proyectó en 2004 se mantengan en la actualidad, por lo que sería necesario volver a analizarlo en profundidad.

    Mientras, el anterior Gobierno de Navarra de UPN en plena campaña electoral previa a las elecciones, publicó un nuevo PSIS del TAP de Etxabakoitz, aprobado deprisa y corriendo antes de finalizar la legislatura, y con informes no favorables de los arquitectos municipales de Pamplona/Iruñea y Zizur. Y lo ha hecho además sin la preceptiva exposición y audiencia pública, a pesar de los importantes cambios que ha incorporado al proyecto, tratando de sortear la información y participación de la ciudadanía. Ante estos hechos, desde Sustrai Erakuntza hemos interpuesto un Recurso de Reposición, como ya se informó previamente.

    En cualquier caso este nuevo Plan especulativo para Etxabakoitz, aprobado justo antes de las elecciones, fue una decisión política del anterior Gobierno de Navarra de UPN, y para corregir dicha actuación correspondería ahora otra decisión política por parte del recientemente formado nuevo Gobierno. La decisión está esperando ya que el plazo del Recurso de Reposición interpuesto por Sustrai finalizará en breve. De ese modo, el actual Gobierno de Navarra tiene que tomar una decisión: rectificar el PSIS aprobado por UPN en plena campaña electoral, o no tomar ninguna decisión, lo cual en la práctica significa apostar por que siga desarrollándose y dar por bueno lo aprobado por UPN.

    De este modo, Sustrai Erakuntza solicita al nuevo Gobierno de Navarra, que manifieste clara y públicamente, que no va a dar ningún paso administrativo a lo largo de la legislatura que sirva para desarrollar ninguna nueva plataforma ferroviaria o nueva estación para el TAV-TAP.

    Nos encontramos ante un proyecto heredado, el del TAP-TAV navarro, que ni siquiera tiene realizado un simple estudio de rentabilidad o viabilidad económica, y que además tiene grandes impactos energéticos, ambientales y territoriales.

    Fundación SUSTRAI Erakuntza
    www.fundacionsustrai.org y www.sustraierakuntza.org
    sustrai@fundacionsustrai.org

    Recreación del hipotético proyecto de la zona residencial de la estación del TAV en Iruñea