Valoraciones ante las reiteradas sentencias que vuelven completamente ilegales las Centrales Térmicas de Castejón

    10 Feb 2017 - Audio Vídeo, Centrales térmicas, Notas de prensa

    Un momento de la rueda de prensa de esta mañana---Esta mañana hemos realizado una rueda de prensa en el Despacho Jurídico Arankoa sobre las varias sentencias que vuelven ilegales a las Centrales Térmicas de Castejón. A continuación tienes los textos completos de la valoración que hemos realizado los movimientos sociales y también la valoración jurídica que han realizado nuestros abogados.


    Informativo de Navarra Televisión, noticia de la rueda de prensa.

    Valoración de los grupos sociales sobre las últimas sentencias que anulan las Centrales Térmicas de Castejón

    En noviembre de 2005, la Dirección General de Política Energética y Minas del Gobierno de España autorizaba a la empresa Eléctrica de la Ribera del Ebro, S.A, (ELEREBRO), la instalación de un segundo grupo de la central térmica de ciclo combinado de Castejón. Empezaba de esta manera un sinfín de batallas legales por parte de un grupo de vecinos y vecinas de la Ribera contra uno de los mayores despropósitos ambientales que se ha cometido en la Comunidad Foral de Navarra.

    Aquella era la tercera central (2 grupos de Elerebro y 1 de Iberdrola) que se instalaba en Castejón y la paciencia de la ciudadanía de la Ribera llego a su fin. Castejón es uno de los mejores ejemplos para entender la “planificada desordenación” existente en el sistema eléctrico español. Un sistema con cerca de 110.000 MW de potencia eléctrica instalados y que en la hora punta del día más frío de este invierno no supera los 36.000 MW de demanda. Un sistema donde ha primado y sigue primando, el interés económico privado por encima del interés general, donde la salud de las personas y el medioambiente ceden una vez más ante las cuentas de dividendos de algunas empresas privadas.

    Aquella central, al igual que el resto de las construidas en Castejón se autorizó sin cumplir con la normativa ambiental que estaba en vigor. No solo en relación a las distancias, el proyecto de construcción de la central además de proponer un emplazamiento inadecuado, que estaba a una distancia menor de 2000 metros al núcleo urbano de Castejón, también contenía un estudio de impacto ambiental defectuoso. Ello porque carecía de las preceptivas alternativas, dado que no realizaba una concreta valoración del Impacto sobre Lugares de Interés Comunitario en base a los establecidos en la Directiva Hábitat. También contenía una incorrecta valoración del Impacto Ambiental de los niveles de inmisión del ozono provocado por las emisiones de contaminantes de la central, y por ultimo valoraba incorrectamente las repercusiones socio-económicas de la construcción de las centrales.

    De esta manera, se inició un viacrucis ante la justicia que ha desembocado en una sentencia del Tribunal Supremo de octubre de 2016, ante la que no cabe recurso alguno y que declara ilegal la construcción de la mencionada central y arrastra en la nulidad a la Declaración de Impacto Ambiental. A esta sentencia hay que sumar otra también del Tribunal Supremo del año 2011 que declaraba ilegal el PSIS del mismo grupo de la central. Aunque en este caso, el gobierno de Navarra concedió un nuevo PSIS para burlar los efectos de aquella sentencia.

    Por lo tanto, nos encontramos que a día de hoy existe una central de ciclo combinado ilegal en Castejón, que no cuenta con la preceptiva autorización para la producción de energía eléctrica, ni la preceptiva Declaración de Impacto Ambiental. Ahora bien, a esta situación se ha llegado por el empeño de un grupo de ciudadanos y ciudadanas de la Ribera, que han dedicado gran parte de su tiempo y dinero a proteger el medioambiente, la salud de los habitantes de la Ribera y por reivindicar un modelo energético descentralizado, renovable y que no esté al albur de los intereses económicos de unas empresas. Pero antes y ahora, la colaboración que esa ciudadanía ha encontrado en las instituciones públicas, ha sido nula. Los ejecutivos forales y locales fueron los impulsores de esa central ilegal y ahora son cómplices de la ilegalidad con su silencio.

    Existe una sentencia que es definitiva, se ha pasado el plazo para que se ejecute voluntariamente y desde las instituciones públicas nadie hace nada. Tendrían el amparo de una sentencia firme para proceder a la clausura de la central, pero prefieren mirar para otro lado. Prefieren que se siga vulnerando la ley, que molestar al lobby empresarial energético.

    Por todo ello, la Fundación Sustrai Erakuntza realiza las siguientes peticiones:

    1. Al Gobierno de Navarra y al del Estado español, el cierre inmediato del segundo grupo de la central de Elerebro en Castejón.
    2. La revisión de oficio por parte del Gobierno de Navarra y el Gobierno del Estado español de las autorizaciones concedidas en sus ámbitos correspondientes a todas las centrales activas de Castejón.
    3. Valoramos y expresamos nuestro reconocimiento a las personas y organizaciones sociales que llevan más de 15 años trabajando en defensa del medio ambiente y la salud de las personas en su lucha contra las Centrales Térmicas en Castejón, en especial a los miembros de la Plataforma de La Ribera + Centrales No y la Asociación de Vecinas y Vecinos Valentín Plaza de Castejón.

    Un momento de la rueda de prensa de esta mañana---

    Valoración jurídica sobre las últimas sentencias que anulan las Centrales Térmicas de Castejón

    En noviembre de 2005, la Dirección General de Política Energética y Minas del Gobierno de España autorizaba a la empresa Eléctrica de la Ribera del Ebro, S.A, (ELEREBRO), la instalación de un segundo grupo de la central térmica de ciclo combinado de Castejón. En octubre de 2016, 11 años después, el Tribunal Supremo declara nula esa autorización de manera definitiva. En esos 11 años se han dado un sinfín de batallas legales por parte de un grupo de vecinos y vecinas de la Ribera contra uno de los mayores despropósitos ambientales que se ha cometido en la Comunidad Foral de Navarra.

    La sentencia de octubre de 2016, supone que la autorización que ha dado pie a siete pleitos judiciales y otros tantos recursos administrativos es nula de pleno derecho, es decir nunca debió darse.

    Es nula porque incumplía la normativa ambiental que le era de aplicación en aquella época:

    • No solo por un tema de distancias con el núcleo urbano, que también.
    • Ese incumplimiento en el tema de distancias, supuso que no se tuvieran en cuenta diferentes alternativas de emplazamiento del segundo grupo de la central, lo que infringe la normativa de impacto ambiental.
    • Ni los impactos a las zonas naturales protegidas (riberas y sotos del río Ebro y Bardenas Reales). Infringiéndose también la normativa de protección de espacios naturales.
    • Es decir, alguien decidió que había que hacer un segundo grupo en la ya existente central de ELEREBRO y se hizo sin tener en cuenta la legislación ambiental que le era de aplicación. Consecuencia: nulidad de pleno derecho de la autorización de industria que arrastra también a la Declaración de Impacto Ambiental.

    Esta sentencia nos retrotrae jurídicamente a 2005, es decir si alguien quiere poner en marcha un nuevo grupo de ciclo combinado en Castejón tiene que iniciar un nuevo procedimiento de apertura y cumplir con la normativa del ámbito eléctrico y de carácter medioambiental además de otra normativa sectorial. Ahora bien, si esa es la situación jurídica, la fáctica es totalmente diferente, ya que sí que existe un segundo grupo construido.

    El cumplimiento de la sentencia, también lo hemos tenido que pedir desde la plataforma ciudadana, ya que ni la empresa, pero tampoco ninguna administración ha hecho nada para que la misma se cumpla, ni por supuesto para exigirle absolutamente nada a la empresa. Esta misma semana el TSJ Madrid le ha pedido al ministerio de industria que informe sobre el cumplimiento de la sentencia, ya que hemos instado la ejecución forzosa de la misma. En concreto hemos solicitado:

    • La baja en el registro de productores de electricidad, tanto el estatal como autonómico.
    • La desconexión del segundo grupo de la central de la red de transporte de energía.

    Y también hemos pedido el desmantelamiento, ya que entendemos que sin la inicial autorización de industria no hay ninguna otra licencia. Es decir si el ministerio le hubiera dicho a la empresa que la autorización era ilegal, no hubiera construido esa central.

    Por último queremos destacar que toda esta lucha por la defensa del medio ambiente y por ende de la salud de la ciudadanía, lo han hecho un grupo de vecinas y vecinos, no solo contra unas empresas también contra la administración, que antes y ahora han defendido las mismas posiciones que la empresa. Han sido el mejor abogado defensor de la empresa y el peor enemigo de la ciudadanía de la Ribera.

    Fundación SUSTRAI Erakuntza
    www.fundacionsustrai.org y www.sustraierakuntza.org
    sustraierakuntza@gmail.com